Publicidad
Comparte esto en:

El Supremo no concede ‘visa a vis’ a Miñanco

José Ramón Prado Bugallo, uno de los narcotraficantes gallegos históricos, recurrió ante el Tribunal Supremo para reclamar su derecho al disfrute de la «frente a frente» premiado con prisión por realizar trabajos extraordinarios, pero que fue suspendido a raíz de la pandemia de covid-19. Sito Miñanco está encarcelado por tráfico de drogas y blanqueo de capitales y en los últimos años ha pasado por cárceles de Zuera (Zaragoza), Estremera (Madrid) y Dueñas (Palencia), donde se encuentra actualmente. En el centro de Zaragoza acumuló varios premios de los previstos en el artículo 263 del Reglamento Penitenciario por actos “que demuestren buena conducta, espíritu de trabajo y sentido de responsabilidad en el comportamiento de los internos” y que pueden intercambiarse a través de diversos medios.

Miñanco optó por agregar comunicaciones privadas con contacto directo, llamadas «frente a frente», pero estas fueron suspendidas por la covid-19 en marzo de 2020. En diciembre de ese año fue trasladado a Estremera y, una vez retomados los contactos presenciales, le permitieron recuperar algunos de los que había obtenido como premio. Pero en esta prisión acumuló más y, cuando en abril de 2022 fue enviado a la prisión de Palencia, la dirección penitenciaria le negó los pagos que tenía pendientes, alegando que era imposible ofrecer esta posibilidad a todos los internos porque no había habitaciones suficientes, días o recursos humanos para organizarlo. Un Juzgado de Vigilancia Penitenciaria y la Audiencia Provincial de Palencia ratificaron la decisión del centro penitenciario, y Miñanco llevó el caso al Tribunal Supremo, que desestimó su recurso y se negó a obligar al centro penitenciario a facilitarle la «frente a frente» que ganó.

Publicidad

La defensa de Miñanco presentó como jurisprudencia un auto de un tribunal de vigilancia penitenciaria que falló a favor de un preso en una solicitud similar, pero el Supremo explica que las resoluciones de un tribunal de vigilancia no tienen validez como jurisprudencia de contraste ante el tribunal superior. Los magistrados, sin embargo, abren la puerta a Miñanco para obtener otras recompensas además de la «frente a frente» por los premios que ganó.

«Parece lógico sostener que se pierden las ordinarias que se suspendieron por la imposibilidad de realizarlas durante la pandemia, pero que las obtenidas como recompensa no necesariamente deben perderse en la medida, al menos (si no se pueden disfrutar) en otro momento) que puede ser sustituida por otro tipo de recompensa de distinta naturaleza», señala el tribunal. Además de las comunicaciones extraordinarias, el reglamento penitenciario incluye recompensas prioritarias por la participación en salidas programadas para actividades culturales, reducciones de sanciones impuestas, becas o donaciones de libros, premios en metálico y “calificaciones meritorias”. El Supremo invita a Miñanco a presentar una nueva solicitud para que se conceda cualquiera de ellas.

Publicidad
Publicidad

Comparte esto en:
Publicidad

Publicaciones Similares

Deja un comentario