Código de Ética del Periodismo en Paraguay
Marco Legal y Principios para el Ejercicio Profesional
En Frontera Seca News presentamos un compendio actualizado que integra el marco jurídico y los principios éticos que rigen el ejercicio del periodismo en Paraguay, en línea con los estándares promovidos por el Sindicato de Periodistas del Paraguay.
El periodismo, más allá de un derecho constitucional, constituye una función social esencial que exige responsabilidad, independencia, rigor y compromiso con la verdad.
Fundamento Constitucional
La Constitución de la República del Paraguay de 1992, sancionada el 20 de junio de ese año, establece las garantías fundamentales para el ejercicio del periodismo.
En el Capítulo II: “De la Libertad”, se consagran los derechos vinculados a la libertad de expresión y de prensa.
Artículo 26 – Libertad de Expresión y de Prensa
Garantiza el derecho a expresar, difundir y publicar ideas sin censura previa.
- Prohíbe leyes que limiten la libertad de expresión
- Establece que los delitos cometidos a través de medios son considerados delitos comunes
Este principio es base del sistema democrático y del ejercicio periodístico libre.
Artículo 27 – Medios de Comunicación
Declara a los medios como de interés público, estableciendo que:
- No pueden ser clausurados arbitrariamente
- Deben contar con dirección responsable
- Se prohíben prácticas discriminatorias
- Se garantiza la libre circulación de contenidos
- Se protege el pluralismo informativo
Artículo 28 – Derecho a la Información
Reconoce el derecho ciudadano a recibir información:
- Veraz
- Responsable
- Equilibrada
Además:
- Garantiza acceso a fuentes públicas
- Establece el derecho a rectificación
- Prohíbe la censura directa e indirecta
Marco Internacional de Protección
El Paraguay se rige también por instrumentos internacionales que fortalecen la libertad de prensa:
- Declaración Universal de Derechos Humanos (1948): Derecho a informar y ser informado sin fronteras
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966): Protección amplia de la libertad de expresión
- Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969): Prohibición de censura previa
- Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión (CIDH – 2000): Garantías para el ejercicio periodístico
Principios Éticos del Periodismo
En consonancia con los estándares del Sindicato de Periodistas del Paraguay, el ejercicio profesional debe regirse por:
- Búsqueda de la verdad: Difundir información verificada y contrastada
- Independencia: Actuar sin presiones políticas, económicas o ideológicas
- Responsabilidad social: Considerar el impacto de la información en la sociedad
- Respeto a la dignidad humana: Evitar discriminación, estigmatización o vulneración de derechos
- Transparencia: Diferenciar claramente información de opinión o publicidad
- Corrección: Rectificar errores de manera oportuna
Responsabilidad Profesional
El ejercicio del periodismo implica un equilibrio entre derechos y deberes. La credibilidad de un medio depende de:
- La rigurosidad informativa
- La verificación de fuentes
- La ética en el tratamiento de contenidos
- La responsabilidad frente a la audiencia
Conclusión
El Paraguay cuenta con un marco jurídico sólido que garantiza la libertad de prensa. Sin embargo, su vigencia efectiva depende del compromiso ético de quienes ejercen la profesión.
Desde Frontera Seca News, reafirmamos nuestra línea editorial basada en un periodismo libre, crítico, independiente y responsable, al servicio de la ciudadanía.
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Este contenido es de carácter informativo y se encuentra en permanente actualización. Invitamos a periodistas, académicos y lectores a contribuir con aportes que fortalezcan este documento.
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