El abogado Roberto Carlos Benítez interpuso la recusación contra el juez Otazú el martes anterior, representando a uno de los acusados, Higinio Acuña. Alegó que el juez debía apartarse por “odio, resentimiento y falta de imparcialidad”. Esto había detenido la audiencia preliminar.
La acción se realizó después de que Benítez fuera detenido por 24 horas tras una disputa durante una audiencia. También argumentó que la detención dejó a su cliente Higinio Acuña indefenso, ya que el juez continuó con la audiencia.
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Sin embargo, los magistrados rechazaron la acción, basándose en los informes entregados por el juez Otazú, quien indicó que acciones similares contra él ya habían sido desestimadas anteriormente.
«Esta judicatura no ha violado derechos constitucionales o procesales, actuando siempre con apego al debido proceso», indicó el juez Otazú al responder a la recusación.
Los magistrados consideraron que los argumentos del recurrente eran subjetivos, fruto de su desacuerdo con el accionar judicial.
«No se presentó ninguna razón válida que justifique un compromiso a la imparcialidad del juez, por lo que la recusación es evidentemente improcedente», concluyeron.
Contexto del caso
En el llamado caso “Tía Chela”, el Ministerio Público acusó a Miguel Prieto y otras diez personas por presunta lesión de confianza y asociación criminal. Durante la pandemia de 2020, se afirma que la Municipalidad de Ciudad del Este compró alimentos de forma fraudulenta por G.2.949.650.000 mediante una licitación dirigida.
Además de Prieto, entre los acusados están el secretario municipal, Francisco Arrúa; el exdirector y actual concejal, Sebastián Martínez; la excoordinadora de contrataciones, Maggi Fariña; y otros funcionarios como José Félix Cáceres Galeano y Julián Benítez Gamarra.
También están acusados Higinio Ramón Acuña, Cirle Alcaraz Ramírez, Nelson Segovia Acevedo, Fermín Ávalos Britos, y Emili Vanessa Florentín Páez.