Los jueces del Tribunal de Apelaciones de Alto Paraná, responsables de la libertad del suboficial de la Policía Nacional, Augusto Concepción Oviedo Martínez, de 36 años, fueron retirados del caso penal por el supuesto homicidio doloso de Alcides de la Cruz Lezcano Ortiz. Los magistrados aceptaron su propia recusación, pero la querella impugnó la decisión y la Sala Penal respaldó esta objeción.
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia aceptó el recurso de apelación presentado por el abogado Trinidad Jiménez Benítez contra el Auto Interlocutorio N° 80 del 9 de agosto de 2025, emitido por el Tribunal de Apelación Penal, Tercera Sala, de Alto Paraná, en el caso del suboficial por presunto homicidio doloso.
Con mayoría de votos de los ministros Manuel Ramírez Candia y María Carolina Llanes, se respaldó a la querella que impugnó la resolución del tribunal, donde los jueces Teodolina María de Fátima Burró Franco, Alba Angelina Meza Ávalos y Marino Daniel Méndez Hermosilla resolvieron su propia recusación y fueron separados del caso.
La recusación fue solicitada por la querella, argumentando que los jueces otorgaron libertad al agente policial acusado de homicidio doloso en el incidente que resultó en la muerte de Alcides de la Cruz Lezcano Ortiz.
El hecho ocurrió el 22 de abril a las 7:05 en el barrio Bella Vista de Hernandarias, donde Alcides Lezcano, de 45 años, murió tras un disparo que le impactó en la oreja y mejilla derecha. Se señala a Augusto Oviedo Martínez como el autor del disparo.
El ministro Manuel Ramírez Candia destacó que el Tribunal de Apelación actuó de manera incorrecta al resolver su propia recusación, ya que este análisis compete al órgano superior. La ministra María Carolina Llanes apoyó esta postura, mientras que el ministro Luis María Benítez Riera votó en minoría por declarar inadmisible el recurso, argumentando que debía haber intervención del Ministerio Público, que no presentó recurso alguno.