El presidente Santiago Peña ha firmado la Ley N° 7549, que obliga a conservar datos de tráfico en internet para enfrentar la pornografía infantil y delitos relacionados. Esta normativa busca fortalecer las investigaciones judiciales e identificar a quienes producen o distribuyen contenido sexual de menores.
Después de estar más de tres años en el Congreso, la ley, recientemente firmada por Peña, requiere que los proveedores de internet en Paraguay retengan por 12 meses datos técnicos que identifiquen a los usuarios, como la dirección IP, identificación del usuario, y tiempos de conexión, pero no el contenido de las comunicaciones.
Las empresas proveedoras de internet tienen cinco deberes clave: conservar datos de tráfico, entregarlos cuando lo requiera la justicia, garantizar su confidencialidad, implementar medidas de gestión y prevenir su mal uso.
El Ministerio Público, con orden judicial, podrá acceder a estos datos para investigar casos de pornografía infantil u otros delitos. Se deberán seguir principios de necesidad, proporcionalidad y privacidad.
La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) supervisará el cumplimiento de esta normativa y sancionará las infracciones. El uso inapropiado de los datos será castigado según el Código Penal.
El Ejecutivo tiene 180 días para reglamentar esta ley, la cual no permite vigilancia masiva ni acceso a contenido de comunicaciones, pero facilita la identificación de usuarios en investigaciones penales relacionadas con pornografía infantil.