El 4 de noviembre de 2025 a las 21:34, el abogado constitucionalista Manuel Riera expresó que la Constitución Nacional es clara al especificar que los ministros de la Corte Suprema de Justicia no pueden ocupar su cargo por más de cinco años. De esta forma, cuestiona la acción del ministro Víctor Ríos, quien busca declarar su inamovilidad en el cargo.
Manuel Riera fijó su postura sobre la acción de inconstitucionalidad presentada por Víctor Ríos, ministro de la Corte Suprema de Justicia, quien solicita que se reconozca su inamovilidad. Riera afirmó que la Constitución no ofrece dudas: los ministros son nombrados por cinco años según el artículo 252 y normas relacionadas.
“Cuando se nombra a un ministro de la Corte, es por un periodo específico”, mencionó Riera, destacando que la Constitución y la ley que regula la Corte lo establecen así.
Riera alertó que algunos ministros buscan mantenerse en su puesto indefinidamente usando una interpretación separada del artículo 261 de la Constitución, lo cual, según él, distorsiona el texto constitucional. Explicó que la Constitución tiene una lógica sistemática que distingue entre disposiciones generales y específicas, y en este caso, los ministros tienen un mandato definido.
Además, Riera recordó que la interpretación de la Constitución no es exclusiva del Poder Judicial. Comentó que tanto la Corte como el Congreso tienen la potestad de interpretar y asegurar el cumplimiento de la Constitución. Aunque el Congreso no puede declarar inconstitucionalidad, puede darle el significado que considere correcto.
Finalmente, Riera admitió que es probable que la Corte declare la inconstitucionalidad del artículo 19 de la Ley Orgánica de la Corte, reconociendo así la inamovilidad de Víctor Ríos. Sin embargo, advirtió sobre el riesgo de que la idea de inamovilidad encubra la perpetuidad en el cargo.