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Inédita condena sin cuerpo: Ex pareja de Dahiana obtiene pena máxima por feminicidio

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Inédita condena sin cuerpo: Ex pareja de Dahiana obtiene pena máxima por feminicidio
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Un Tribunal de Sentencia condenó a Joel Guzmán Amarilla por el feminicidio de Dahiana Espinoza, cuyo cuerpo no se pudo encontrar a lo largo de investigación del caso, pese a las intensas tareas de la Fiscalía. El acusado recibió 30 años de prisión.

La querella de la familia de Dahiana Espinoza y la Fiscalía pidieron la pena máxima para Joel Guzmán Amarilla Jara, ex pareja y único sospechoso del feminicidio de la joven madre que habría sido asesinada en la madrugada del 18 de setiembre del 2020 en la ciudad de Itá, del Departamento Central.

De esta manera concluyó el juicio oral y público del caso, con una condena inédita al no encontrarse en el marco de la investigación el cuerpo de la víctima, pese a intensas búsquedas encabezadas por el Ministerio Público.

La fiscala Daisy Sánchez presentó sus alegatos, pidiendo una condena de 30 años de cárcel, más 10 de medida de seguridad, para el hombre, contra quien había 83 pruebas.

Entre los indicios que presentó la Fiscalía, se encuentran rastros de sangre que coinciden en un 99% con los padres de Dahiana Espinoza, fotografías de un cuerpo sin vida que habían sido tomadas por el feminicida y luego eliminadas, y el manejo de llaves de la moto que usó en el crimen.

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La querella de la familia, representada por el abogado David Pana, pidió la misma cantidad de años de cárcel que Fiscalía, mientras que la defensa de Joel argumentó que el Ministerio Público “se apuró” en iniciar una causa por feminicidio, ya que Dahiana en los papeles sigue apareciendo como viva. Además, dijo que lo que se pudo probar fue una gota de sangre y no varias muestras, como argumentó la investigadora.

El Tribunal de Sentencia de Fernando de la Mora estuvo conformado por los jueces Gloria Garay -en la presidencia-, Javier Sapena y Carolina Silveira.

Un voto en disidencia

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Los magistrados no se pronunciaron en forma unánime en el caso. Gloria Garay fue el voto en disidencia. Cuestionó fuertemente el trabajo del Ministerio Público, bajo el argumento de que no se pudo comprobar violencia familiar ni feminicidio en el caso. Consideró que el sospechoso debía ser absuelto en la causa.

Para la presidenta del Tribunal de Sentencia, la Fiscalía construyó sus elementos probatorios en base al relato de los testigos. Afirmó que no se agregó ninguna constancia médica que confirme las lesiones. Dijo que se usaron copias de documentos “simples” e “ilegibles”, por lo que el contenido no puede ser corroborar e incluso manipulado.

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Resolución en mayoría

Posteriormente, la jueza Carolina Silveira dio lectura a los argumentos del voto en mayoría, que emitieron ella y Javier Sapena. Ambos se pronunciaron por la pena privativa de 30 años de cárcel para Joel Guzmán Amarilla y dispusieron que el hombre mantengan prisión por medida de seguridad.

La magistrada señaló que una agravante del caso, que se ajusta a la pena máxima, fue haber dejado huérfano al hijo pequeño de Dahiana Espinoza.

“Lo que tenía que determinarse y se determinó, sí se puede atribuir causalmente como la desaparición de esta persona y que esto ha sido probada”, sostuvo, por su parte.

Explicó que la figura de violencia familiar se engloba en la Ley 5777 de Protección Integral a las Mujeres, contra toda Forma de Violencia, ya que la normativa establece que se puede considerar de esta manera cuando la víctima ya venía atravesando un ciclo de violencia, independientemente a que haya sido denunciada o no.

En cuanto al feminicidio, agregó que se considera cuando el autor mantiene una vida conyugal y ocurre la muerte como resultado de un ciclo de violencia.

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La presidenta del tribunal, la jueza Gloria Garay, informó que el contenido total de la sentencia será expuesto el próximo 17 de enero, a las 13:00.

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Fuente: Última Hora

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Fiscala niega inacción en caso Fernanda Benítez: “No se puede hablar de tardanza”

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Fiscala niega inacción en caso Fernanda Benítez: “No se puede hablar de tardanza”
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La fiscala Gladys Torales negó que haya habido tardanza en la investigación sobre la desaparición de la adolescente de Coronel Oviedo, cuyo cuerpo fue hallado días después por su padre. También descartó algún parentesco con la familia del sospechoso.

La fiscala Gladys Toralesnegó que haya habido tardanza en la investigación con relación a la denuncia de desaparición de la adolescente.

Actuaron de acuerdo a datos que obtenían

Resaltó que actuaron a medida que iban obteniendo información de inteligencia y por parte de los testigos.

El médico forense del Ministerio Público, doctor Pablo Lemir, reveló hoy que la adolescente -conforme a análisis preliminar- murió ese martes 27 de mayo, día en que fue supuestamente secuestrada y obligada a abortar en la vivienda del principal sospechoso.

Niega cercanía a sospechoso

He visto críticas afirmando que soy madrina del imputado y no hay nada más falso; no los conozco, ni a su mamá, papá, ni familia ni a su entorno. Es totalmente falso y estoy con la conciencia tranquila, con la idea y la esperanza de poder seguir trabajando en este caso para lograr finalmente, luego de la investigación, hacer juicio oral y una sanción”, dijo.

Torales, así también, le pidió a la ciudadanía el acompañamiento a las autoridades para poder lograr concluir la investigación.

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Cómo avanza la investigación

En cuanto a la investigación, la fiscala mencionó que podría ampliarse la imputación luego de que el resultado preliminar de la autopsia indica que la víctima habría fallecido luego de ser incinerada presuntamente aún con vida y que en su interior había un feto de 15 semanas. El adolescente está procesado por feminicidioy tentativa de aborto.

También reveló que en el allanamiento de la vivienda hallaron objetos sospechosos, como una sierra con restos de pelo y una pala.

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Dónde denunciar hechos de violencia contra la mujer

Si sos víctima o tenés conocimiento de un caso de violencia contra la mujer llamá al 137 “SOS mujer”. Tiene cobertura nacional las 24 horas, todos los días, y es gratuita.


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Ley del RUN: profesional reitera que está llena de contradicciones y pide su derogación

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Ley del RUN: profesional reitera que está llena de contradicciones y pide su derogación
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González Degli Uberti, durante una visita realizada a la redacción de ABC en el mes de marzo, como parte de un grupo de técnicos agrimensores y exparlamentarios, ya había criticado esta ley, promulgada por el Ejecutivo a inicios del año.

En esta oportunidad, a través del análisis realizado sobre varios artículos de la nueva ley: 1°, 4°, 5°, 6°, 39°, 43°, 44°, 50°, 152°, 153°, 155°, 157°, el profesional reitera su posición.

Además, insiste en que por las inconsistencias, contradicciones e invasión del ámbito del Poder Ejecutivo por el Poder Judicial corresponde la derogación de la referida ley con el fin de evitar males mayores.

Inconsistencias en la ley

Refiere que en este punto se puede observar la siguiente inconsistencia, el código de organización judicial da a la Corte Suprema de Justicia la autoridad de administrar y legislar exclusivamente en el área jurídico, a la vez llevar anotación de los técnicos que podrán ser nombrados con peritos para cada caso, para dictaminar en las diversas áreas técnicas.

Añade, que en caso de discrepancia entre dos o más propietarios de inmuebles, se nombra aún licenciado o ingeniero geodésico, con el fin de que los mismos en su función técnica dictaminen sobre el caso.

Sede del Servicio Nacional de Catastro.

Invaden atribuciones del Ejecutivo

El artículo 5°, en el inciso a, refiere que la inscripción registra no constituye el derecho que se asienta, sino que solamente lo publicita en orden a su disponibilidad a terceros, lo que, según el profesional, se contrapone al inciso a del artículo 4, que dispone “velar por la seguridad jurídica de los registros que administra y gestiona”.

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En análisis, expresa que la información estadística que pueda surgir de los registros administrados y gestionados por el RUN tienen carácter de información pública, no así la información que surja de asientos o registros puntuales.

El análisis agrega que en el inciso n del artículo 4°, se dispone que “los directores del RUN podrán verificar los asientos registrales y podrán darse cuenta de que hubo un error en el nombre del propietario y dicen poner el nombre correcto, o sea hacen de juez y parte, además como los asientos registrales son secretos, el afectado no podrá recurrir a verificar el tracto registral para demostrar su titularidad, teniendo en cuenta el artículo 6°”.

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Según González Degli Uberti, el artículo 39° se contrapone al artículo 5°, inciso a, que dice que la inscripción registral no constituye el derecho que se asienta, solo la publicita. “El artículo 39° dice que entre los elementos constitutivo del catastro y registro de inmueble, son el folio real, el tracto registral, la prioridad registral, la documentación jurídica de titularidad de derechos reales sobre inmuebles, los antecedentes registrales”, añade el material.

Dirección General de los Registros Públicos, dependiente de la Corte Suprema de Justicia.
Sede de la Dirección General de los Registros Públicos.

Fuera de las atribuciones del Poder Judicial

El artículo 43° señala que el catastro constituye un conjunto de datos obtenidos por medio de operaciones técnica y legales, que proporcionan la descripción física integral de los inmuebles.

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“La descripción física consiste en la representación del conjunto de operaciones técnico-legales, que individualizan, representan y describen las parcelas de conformidad con los títulos de propiedad”, añade.

Sostiene que esta función queda fuera de las atribuciones que le da el Código de Organización Judicial a la Corte Suprema de Justicia, e invade las atribuciones del Poder Ejecutivo, porque el Poder Judicial deberá juzgar cada caso teniendo en cuenta el dictamen técnico además de las pruebas presentadas para su evaluación.

Además, el artículo 44°, según el análisis del profesional, refuerza y reconfirma el hecho de que la presente ley invade las atribuciones del Poder Ejecutivo, ya que reafirma que el registro catastral constituye el asiento de la información sobre la situación física de la unidad de un inmueble conforme con datos ordenados y clasificados de la información inmobiliaria, procedente del relevamiento topográfico del terreno y de toda la información gráfica.


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María Auxiliadora: “la corrupción roba los sueños y esperanzas de niños y jóvenes”, reclaman

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María Auxiliadora: “la corrupción roba los sueños y esperanzas de niños y jóvenes”, reclaman
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Una multitud de fieles copó este domingo el Santuario de María Auxiliadora en Asunción. La congregación salesiana envió un fuerte mensaje contra la corrupción. Pidieron a la juventud trabajar por un Paraguay sin excluidos. El mes de María Auxiliadora concluyó con una procesión y fuegos artificiales en honor a la Virgen.

La homilía estuvo a cargo del padre Francisco Miranda, director de la Comunidad Religiosa de San Juan Bosco en Paraguay, quien llamó a los fieles a luchar contra la corrupción.

La homilía estuvo a cargo del padre Francisco Miranda director de la Comunidad Religiosa de San Juan Bosco en Paraguay, quien llamó a los fieles a “estar en guardiacontra un espiritualismoque se queda mirando al cielo, sin comprometerse con la transformación de nuestra sociedad”.

Miles de fieles de María Auxiliadora acompañaron la procesión en honor a la Virgen por las calles en torno al santuario.
Miles de fieles de María Auxiliadora acompañaron la procesión en honor a la Virgen por las calles en torno al santuario.

“Nuestra sociedad hoy tiene necesidad de ciudadanos más honestos, en lo privado, en lo público, en lo pequeño y en lo grande, en el mundo del trabajo y al interior de la familia. La bondady la justiciadan dignidady valora las personas. Ayudemos a nuestros niños y jóvenes a vivir el ideal de Don Bosco de llegar a ser honestos ciudadanos, buenos cristianos. No basta con que lleguen a ser buenos profesionales, si después son deshonestos, mentirosos y egoístas” dijo.

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Cierre de mes de la Virgen


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Lea además:  Policía reporta presunto feminicidio y posterior suicidio en Carmelo Peralta
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