Siete acusados en el marco de la causa Ronaldinho fueron condenados a penas carcelarias que van desde dos hasta cinco años, tras se encontrados culpables de facilitar documentos público de contenido falso al futbolista y su hermano.
El Tribunal de Sentencia liderado por la jueza Inés Galarza e integrado por sus colegas Federico Rojas y Víctor Medina dio a conocer su veredicto en el juicio oral contra siete acusados por asociación criminal y producción y uso de documentos públicos de contenido falso.
Se trata de las personas involucradas en el esquema que facilitó los pasaportes y cédulas paraguayos de contenido falso al famoso futbolista Ronaldinho y a su hermano, Roberto de Assis Moreira.
A Bernardo Arrellano, ex funcionario de la Dirección de Migraciones, lo condenaron a cinco años de cárcel tras ser encontrado culpable por los hechos de producción mediata de documentos públicos de contenido falso y abuso de documentos de identidad en la calidad de coautor.
Mientras que al suboficial inspector Cirilo Gustavo Amarilla Cañete le dieron una pena privativa de cuatro años por producción mediata de documentos públicos de contenido falso y su complicidad de uso de dichos documentos.
Los gestores Iván Francisco, Vicente Javier Martínez, fueron condenados a dos años de cárcel son suspensión, al igual que Wilson Guzmán Arellano Duarte y Gerardo Sebastián Medina Gómez.
Stella Marys Lugo Jiménez recibió una pena de un año de cárcel con suspensión, al ser declarada culpable de ser cómplice de la producción mediata de documentos públicos de contenido falso.
Durante el juicio no se pudo comprobar los elementos suficientes para la configuración del hecho penal de asociación criminal.
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En esta causa, además, están prófugos el ex representante de Ronaldinho, Wilmondes Sousa Lira, quien tenía arresto domiciliario, pero logró evadir la Justicia y fugarse.
Otra que se encuentra prófuga desde hace más de tres años es la ex representante del astro del fútbol, Dalia López, quien había sido citada para la audiencia de imposición de medidas cautelares, pero no se presentó.
Es una de las más buscadas por la Policía Nacional.
El caso inició en el 2020, cuando Ronaldinho y su hermano llegaron a Asunción un 4 de marzo para apoyar con su imagen a un programa de asistencia social a niños y niñas de Paraguay.
Ambos salieron de su país con documentos brasileños, pero en el aeropuerto de Asunción exhibieron pasaportes paraguayos “auténticos, pero de contenido falso”, según el Ministerio Público.
La fiscala Gladys Torales negó que haya habido tardanza en la investigación sobre la desaparición de la adolescente de Coronel Oviedo, cuyo cuerpo fue hallado días después por su padre. También descartó algún parentesco con la familia del sospechoso.
La fiscala Gladys Toralesnegó que haya habido tardanza en la investigación con relación a la denuncia de desaparición de la adolescente.
Actuaron de acuerdo a datos que obtenían
Resaltó que actuaron a medida que iban obteniendo información de inteligencia y por parte de los testigos.
El médico forense del Ministerio Público, doctor Pablo Lemir, reveló hoy que la adolescente -conforme a análisis preliminar- murió ese martes 27 de mayo, día en que fue supuestamente secuestrada y obligada a abortar en la vivienda del principal sospechoso.
Niega cercanía a sospechoso
“He visto críticas afirmando que soy madrina del imputado y no hay nada más falso; no los conozco, ni a su mamá, papá, ni familia ni a su entorno. Es totalmente falso y estoy con la conciencia tranquila, con la idea y la esperanza de poder seguir trabajando en este caso para lograr finalmente, luego de la investigación, hacer juicio oral y una sanción”, dijo.
Torales, así también, le pidió a la ciudadanía el acompañamiento a las autoridades para poder lograr concluir la investigación.
En cuanto a la investigación, la fiscala mencionó que podría ampliarse la imputación luego de que el resultado preliminar de la autopsia indica que la víctima habría fallecido luego de ser incinerada presuntamente aún con vida y que en su interior había un feto de 15 semanas. El adolescente está procesado por feminicidioy tentativa de aborto.
También reveló que en el allanamiento de la vivienda hallaron objetos sospechosos, como una sierra con restos de pelo y una pala.
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Dónde denunciar hechos de violencia contra la mujer
Si sos víctima o tenés conocimiento de un caso de violencia contra la mujer llamá al 137 “SOS mujer”. Tiene cobertura nacional las 24 horas, todos los días, y es gratuita.
González Degli Uberti, durante una visita realizada a la redacción de ABC en el mes de marzo, como parte de un grupo de técnicos agrimensores y exparlamentarios, ya había criticado esta ley, promulgada por el Ejecutivo a inicios del año.
En esta oportunidad, a través del análisis realizado sobre varios artículos de la nueva ley: 1°, 4°, 5°, 6°, 39°, 43°, 44°, 50°, 152°, 153°, 155°, 157°, el profesional reitera su posición.
Además, insiste en que por las inconsistencias, contradicciones e invasión del ámbito del Poder Ejecutivo por el Poder Judicial corresponde la derogación de la referida ley con el fin de evitar males mayores.
Inconsistencias en la ley
Refiere que en este punto se puede observar la siguiente inconsistencia, el código de organización judicial da a la Corte Suprema de Justicia la autoridad de administrar y legislar exclusivamente en el área jurídico, a la vez llevar anotación de los técnicos que podrán ser nombrados con peritos para cada caso, para dictaminar en las diversas áreas técnicas.
Añade, que en caso de discrepancia entre dos o más propietarios de inmuebles, se nombra aún licenciado o ingeniero geodésico, con el fin de que los mismos en su función técnica dictaminen sobre el caso.
Sede del Servicio Nacional de Catastro.
Invaden atribuciones del Ejecutivo
El artículo 5°, en el inciso a, refiere que la inscripción registra no constituye el derecho que se asienta, sino que solamente lo publicita en orden a su disponibilidad a terceros, lo que, según el profesional, se contrapone al inciso a del artículo 4, que dispone “velar por la seguridad jurídica de los registros que administra y gestiona”.
En análisis, expresa que la información estadística que pueda surgir de los registros administrados y gestionados por el RUN tienen carácter de información pública, no así la información que surja de asientos o registros puntuales.
El análisis agrega que en el inciso n del artículo 4°, se dispone que “los directores del RUN podrán verificar los asientos registrales y podrán darse cuenta de que hubo un error en el nombre del propietario y dicen poner el nombre correcto, o sea hacen de juez y parte, además como los asientos registrales son secretos, el afectado no podrá recurrir a verificar el tracto registral para demostrar su titularidad, teniendo en cuenta el artículo 6°”.
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Según González Degli Uberti, el artículo 39° se contrapone al artículo 5°, inciso a, que dice que la inscripción registral no constituye el derecho que se asienta, solo la publicita. “El artículo 39° dice que entre los elementos constitutivo del catastro y registro de inmueble, son el folio real, el tracto registral, la prioridad registral, la documentación jurídica de titularidad de derechos reales sobre inmuebles, los antecedentes registrales”, añade el material.
Sede de la Dirección General de los Registros Públicos.
Fuera de las atribuciones del Poder Judicial
El artículo 43° señala que el catastro constituye un conjunto de datos obtenidos por medio de operaciones técnica y legales, que proporcionan la descripción física integral de los inmuebles.
“La descripción física consiste en la representación del conjunto de operaciones técnico-legales, que individualizan, representan y describen las parcelas de conformidad con los títulos de propiedad”, añade.
Sostiene que esta función queda fuera de las atribuciones que le da el Código de Organización Judicial a la Corte Suprema de Justicia, e invade las atribuciones del Poder Ejecutivo, porque el Poder Judicial deberá juzgar cada caso teniendo en cuenta el dictamen técnico además de las pruebas presentadas para su evaluación.
Además, el artículo 44°, según el análisis del profesional, refuerza y reconfirma el hecho de que la presente ley invade las atribuciones del Poder Ejecutivo, ya que reafirma que el registro catastral constituye el asiento de la información sobre la situación física de la unidad de un inmueble conforme con datos ordenados y clasificados de la información inmobiliaria, procedente del relevamiento topográfico del terreno y de toda la información gráfica.
Una multitud de fieles copó este domingo el Santuario de María Auxiliadora en Asunción. La congregación salesiana envió un fuerte mensaje contra la corrupción. Pidieron a la juventud trabajar por un Paraguay sin excluidos. El mes de María Auxiliadora concluyó con una procesión y fuegos artificiales en honor a la Virgen.
La homilía estuvo a cargo del padre Francisco Miranda, director de la Comunidad Religiosa de San Juan Bosco en Paraguay, quien llamó a los fieles a luchar contra la corrupción.
La homilía estuvo a cargo del padre Francisco Miranda director de la Comunidad Religiosa de San Juan Bosco en Paraguay, quien llamó a los fieles a “estar en guardiacontra un espiritualismoque se queda mirando al cielo, sin comprometerse con la transformación de nuestra sociedad”.
Miles de fieles de María Auxiliadora acompañaron la procesión en honor a la Virgen por las calles en torno al santuario.
“Nuestra sociedad hoy tiene necesidad de ciudadanos más honestos, en lo privado, en lo público, en lo pequeño y en lo grande, en el mundo del trabajo y al interior de la familia. La bondady la justiciadan dignidady valora las personas. Ayudemos a nuestros niños y jóvenes a vivir el ideal de Don Bosco de llegar a ser honestos ciudadanos, buenos cristianos. No basta con que lleguen a ser buenos profesionales, si después son deshonestos, mentirosos y egoístas” dijo.