Un Tribunal de Sentencia condenó a 15 años de prisión a Rafael Mbururú Esquivel en el caso de abuso sexual de una niña de 12 años. En tanto, el implicado niega haber cometido el hecho y dice ser víctima de persecución.
Un Tribunal de Sentencia condenó a 15 años de prisión a Rafael Esquivel, alias Mbururu, por abuso sexual en niños, tras un juicio oral y público.
La madre de la víctima, quien también fue acusada, fue liberada por error de procedimiento fiscal judicial durante la investigación.
Aunque la adolescente que ahora tiene 16 años negó lo afirmado en la etapa de investigación penal, el Tribunal de Sentencia impuso la pena privativa de libertad de 15 años de prisión al Mbururu.
La sentencia está basada en la confirmación del hecho que se dio en la cámara Gesell como anticipo jurisdiccional de la prueba, así como el resultado del examen médico forense dio positivo a violación.
La víctima tenía 12 años cuando fue llevada a un motel para el coito por parte de Esquivel, con consentimiento de la madre. Este hecho fue denunciado 3 años después en el año 2023 lo que dio inicio a una investigación penal de la fiscal Vivian Coronel.
La adolescente había declarado en una investigación por violencia doméstica a su pareja, tras la denuncia de su madre. La menor dijo que su madre denunció a su concubino, porque estaba molesta que ella saliera de la casa y no podía seguir lucrando por ella.
La fiscal Vivian Coronel pidió la realización de la metodología de la cámara Gesell, cuyo resultado derivó en la imputación a Esquivel por abuso sexual en niños y a la madre de la víctima por proxenetismo.
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Finalmente, tras el juicio oral que terminó en la tarde de este viernes, la madre fue absuelta porque no estuvo presente durante la realización de las pruebas en la cámara Gesell.
La identidad de la víctima y la madre no se publica por prohibición del código de la Niñez y Adolescencia.
Actualmente, Mbururu está cumpliendo una condena a 10 años de prisión por coacción grave y robo agravado en carácter de instigador por un hecho ocurrido en Itakyry el 20 de agosto del año 2022.
En ese caso hubo 14 indígenas condenados, además de Mbururu, a los que según el Tribunal de Sentencia el instigó a atropellar a una familia, quienes fueron golpeados, incluso una anciana fue víctima de coacción sexual.
También fue condenado a 2 años por coacción a una familia del barrio Don Bosco y otro caso de 1 año y 8 meses por resistencia y coacción.
La fiscala Gladys Torales negó que haya habido tardanza en la investigación sobre la desaparición de la adolescente de Coronel Oviedo, cuyo cuerpo fue hallado días después por su padre. También descartó algún parentesco con la familia del sospechoso.
La fiscala Gladys Toralesnegó que haya habido tardanza en la investigación con relación a la denuncia de desaparición de la adolescente.
Actuaron de acuerdo a datos que obtenían
Resaltó que actuaron a medida que iban obteniendo información de inteligencia y por parte de los testigos.
El médico forense del Ministerio Público, doctor Pablo Lemir, reveló hoy que la adolescente -conforme a análisis preliminar- murió ese martes 27 de mayo, día en que fue supuestamente secuestrada y obligada a abortar en la vivienda del principal sospechoso.
Niega cercanía a sospechoso
“He visto críticas afirmando que soy madrina del imputado y no hay nada más falso; no los conozco, ni a su mamá, papá, ni familia ni a su entorno. Es totalmente falso y estoy con la conciencia tranquila, con la idea y la esperanza de poder seguir trabajando en este caso para lograr finalmente, luego de la investigación, hacer juicio oral y una sanción”, dijo.
Torales, así también, le pidió a la ciudadanía el acompañamiento a las autoridades para poder lograr concluir la investigación.
En cuanto a la investigación, la fiscala mencionó que podría ampliarse la imputación luego de que el resultado preliminar de la autopsia indica que la víctima habría fallecido luego de ser incinerada presuntamente aún con vida y que en su interior había un feto de 15 semanas. El adolescente está procesado por feminicidioy tentativa de aborto.
También reveló que en el allanamiento de la vivienda hallaron objetos sospechosos, como una sierra con restos de pelo y una pala.
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Dónde denunciar hechos de violencia contra la mujer
Si sos víctima o tenés conocimiento de un caso de violencia contra la mujer llamá al 137 “SOS mujer”. Tiene cobertura nacional las 24 horas, todos los días, y es gratuita.
González Degli Uberti, durante una visita realizada a la redacción de ABC en el mes de marzo, como parte de un grupo de técnicos agrimensores y exparlamentarios, ya había criticado esta ley, promulgada por el Ejecutivo a inicios del año.
En esta oportunidad, a través del análisis realizado sobre varios artículos de la nueva ley: 1°, 4°, 5°, 6°, 39°, 43°, 44°, 50°, 152°, 153°, 155°, 157°, el profesional reitera su posición.
Además, insiste en que por las inconsistencias, contradicciones e invasión del ámbito del Poder Ejecutivo por el Poder Judicial corresponde la derogación de la referida ley con el fin de evitar males mayores.
Inconsistencias en la ley
Refiere que en este punto se puede observar la siguiente inconsistencia, el código de organización judicial da a la Corte Suprema de Justicia la autoridad de administrar y legislar exclusivamente en el área jurídico, a la vez llevar anotación de los técnicos que podrán ser nombrados con peritos para cada caso, para dictaminar en las diversas áreas técnicas.
Añade, que en caso de discrepancia entre dos o más propietarios de inmuebles, se nombra aún licenciado o ingeniero geodésico, con el fin de que los mismos en su función técnica dictaminen sobre el caso.
Sede del Servicio Nacional de Catastro.
Invaden atribuciones del Ejecutivo
El artículo 5°, en el inciso a, refiere que la inscripción registra no constituye el derecho que se asienta, sino que solamente lo publicita en orden a su disponibilidad a terceros, lo que, según el profesional, se contrapone al inciso a del artículo 4, que dispone “velar por la seguridad jurídica de los registros que administra y gestiona”.
En análisis, expresa que la información estadística que pueda surgir de los registros administrados y gestionados por el RUN tienen carácter de información pública, no así la información que surja de asientos o registros puntuales.
El análisis agrega que en el inciso n del artículo 4°, se dispone que “los directores del RUN podrán verificar los asientos registrales y podrán darse cuenta de que hubo un error en el nombre del propietario y dicen poner el nombre correcto, o sea hacen de juez y parte, además como los asientos registrales son secretos, el afectado no podrá recurrir a verificar el tracto registral para demostrar su titularidad, teniendo en cuenta el artículo 6°”.
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Según González Degli Uberti, el artículo 39° se contrapone al artículo 5°, inciso a, que dice que la inscripción registral no constituye el derecho que se asienta, solo la publicita. “El artículo 39° dice que entre los elementos constitutivo del catastro y registro de inmueble, son el folio real, el tracto registral, la prioridad registral, la documentación jurídica de titularidad de derechos reales sobre inmuebles, los antecedentes registrales”, añade el material.
Sede de la Dirección General de los Registros Públicos.
Fuera de las atribuciones del Poder Judicial
El artículo 43° señala que el catastro constituye un conjunto de datos obtenidos por medio de operaciones técnica y legales, que proporcionan la descripción física integral de los inmuebles.
“La descripción física consiste en la representación del conjunto de operaciones técnico-legales, que individualizan, representan y describen las parcelas de conformidad con los títulos de propiedad”, añade.
Sostiene que esta función queda fuera de las atribuciones que le da el Código de Organización Judicial a la Corte Suprema de Justicia, e invade las atribuciones del Poder Ejecutivo, porque el Poder Judicial deberá juzgar cada caso teniendo en cuenta el dictamen técnico además de las pruebas presentadas para su evaluación.
Además, el artículo 44°, según el análisis del profesional, refuerza y reconfirma el hecho de que la presente ley invade las atribuciones del Poder Ejecutivo, ya que reafirma que el registro catastral constituye el asiento de la información sobre la situación física de la unidad de un inmueble conforme con datos ordenados y clasificados de la información inmobiliaria, procedente del relevamiento topográfico del terreno y de toda la información gráfica.
Una multitud de fieles copó este domingo el Santuario de María Auxiliadora en Asunción. La congregación salesiana envió un fuerte mensaje contra la corrupción. Pidieron a la juventud trabajar por un Paraguay sin excluidos. El mes de María Auxiliadora concluyó con una procesión y fuegos artificiales en honor a la Virgen.
La homilía estuvo a cargo del padre Francisco Miranda, director de la Comunidad Religiosa de San Juan Bosco en Paraguay, quien llamó a los fieles a luchar contra la corrupción.
La homilía estuvo a cargo del padre Francisco Miranda director de la Comunidad Religiosa de San Juan Bosco en Paraguay, quien llamó a los fieles a “estar en guardiacontra un espiritualismoque se queda mirando al cielo, sin comprometerse con la transformación de nuestra sociedad”.
Miles de fieles de María Auxiliadora acompañaron la procesión en honor a la Virgen por las calles en torno al santuario.
“Nuestra sociedad hoy tiene necesidad de ciudadanos más honestos, en lo privado, en lo público, en lo pequeño y en lo grande, en el mundo del trabajo y al interior de la familia. La bondady la justiciadan dignidady valora las personas. Ayudemos a nuestros niños y jóvenes a vivir el ideal de Don Bosco de llegar a ser honestos ciudadanos, buenos cristianos. No basta con que lleguen a ser buenos profesionales, si después son deshonestos, mentirosos y egoístas” dijo.