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Caso Cecilia Cubas: Condenan a 23 años de cárcel a partícipe del secuestro

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Caso Cecilia Cubas: Condenan a 23 años de cárcel a partícipe del secuestro
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Un Tribunal de Sentencia condenó este viernes a 23 años de prisión, más cinco años de medidas de seguridad, a Lorenzo González, acusado como uno de los que tomó como rehén a Cecilia Cubas el 21 de setiembre del 2004, en el marco de su secuestro y muerte.

La hija del ex presidente de la República, Raúl Cubas Grau, fue secuestrada el 21 de setiembre del 2004 por miembros del grupo que posteriormente pasaría a llamarse Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP).

Luego de 20 años, Lorenzo González fue condenado a 23 años de prisión, más cinco de seguridad, por los hechos punibles de secuestro y homicidio doloso.

El mismo hombre fue detenido en Brasil el 24 de noviembre del año 2017 y extraditado en febrero del 2023.

Según la acusación del Ministerio Público, es considerado uno de los fusileros del autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP) y estaba en uno de los vehículos que interceptaron la camioneta en la que viajaba Cecilia Cubas en la noche del 21 de setiembre del 2004, cuando la secuestraron.

González Martínez, según la Fiscalía, fue uno de los que apuntó con su arma a la víctima, cuando era tomada por los demás.

Además, estuvo en la reunión denominada de punto final, de enero del 2005, cuando decidieron acabar con la vida de Cecilia, pese a que, según los forenses, ya estaba muerta antes de Navidad del 2004.

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Cecilia Cubas Gusinky estuvo secuestrada por 5 meses y su cuerpo fue encontrado el 16 de febrero del 2005 en un túnel bajo tierra en una casa del barrio Mbocayaty de Ñemby.

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Al momento de su hallazgo, llevaba entre 30 y 60 días de fallecida. La misma se encontraba embarazada, aparentemente producto del abuso de uno o varios de los secuestradores y el caso conmocionó al país, además de marcar el inicio de una serie de ataques y secuestros por parte del grupo armado.

Los condenados en el caso

En el año 2006, el Tribunal de Sentencia condenó a Osmar Martínez y Anastasio Mieres Burgos por el secuestro y homicidio de Cecilia Cubas a 25 años de prisión, más 10 años por medidas de seguridad.

Francisca Andino fue condenada a 22 años por perpetrar los delitos de privación de libertad, secuestro, extorsión, extorsión agravada y asociación criminal, en grado de instigación y en carácter de autora la comisión del hecho punible de no dar aviso de un hecho punible.

El cuerpo colegiado condenó en carácter de cómplices a Vaciano Acosta, Pedro Chamorro, José Domingo Hidalgo, Manuel Portillo y Roberto Otazú a 18 años y nueve meses de prisión más seis años de medidas.

Rosalba Jara Drackeford fue condenada a cinco años, según el Tribunal de Sentencia fue la persona encargada de proveer al grupo secuestrador, las casas alquiladas donde mantuvieron escondida a Cecilia Cubas durante su cautiverio.

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Por su parte, Lidia Samudio fue condenada por coautora a 5 cinco años por colaborar con el grupo buscando casas para alquilar en Caaguazú.

Aldo Meza recibió una pena de 15 años, vista su inclinación por la vida delictiva, puesto que el mismo ya soporta una condena por el secuestro de María Edith Bordón de Debernardi.

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Entre tanto, existen otros tres acusados principales por el secuestro, Juan Arrón, Anuncio Martí y Víctor Colmán, quienes estuvieron por muchos años con asilo político en Brasil y posteriormente fueron beneficiados con la misma medida en Finlandia.

Fuente: Última Hora

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Fiscala niega inacción en caso Fernanda Benítez: “No se puede hablar de tardanza”

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Fiscala niega inacción en caso Fernanda Benítez: “No se puede hablar de tardanza”
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La fiscala Gladys Torales negó que haya habido tardanza en la investigación sobre la desaparición de la adolescente de Coronel Oviedo, cuyo cuerpo fue hallado días después por su padre. También descartó algún parentesco con la familia del sospechoso.

La fiscala Gladys Toralesnegó que haya habido tardanza en la investigación con relación a la denuncia de desaparición de la adolescente.

Actuaron de acuerdo a datos que obtenían

Resaltó que actuaron a medida que iban obteniendo información de inteligencia y por parte de los testigos.

El médico forense del Ministerio Público, doctor Pablo Lemir, reveló hoy que la adolescente -conforme a análisis preliminar- murió ese martes 27 de mayo, día en que fue supuestamente secuestrada y obligada a abortar en la vivienda del principal sospechoso.

Niega cercanía a sospechoso

He visto críticas afirmando que soy madrina del imputado y no hay nada más falso; no los conozco, ni a su mamá, papá, ni familia ni a su entorno. Es totalmente falso y estoy con la conciencia tranquila, con la idea y la esperanza de poder seguir trabajando en este caso para lograr finalmente, luego de la investigación, hacer juicio oral y una sanción”, dijo.

Torales, así también, le pidió a la ciudadanía el acompañamiento a las autoridades para poder lograr concluir la investigación.

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Cómo avanza la investigación

En cuanto a la investigación, la fiscala mencionó que podría ampliarse la imputación luego de que el resultado preliminar de la autopsia indica que la víctima habría fallecido luego de ser incinerada presuntamente aún con vida y que en su interior había un feto de 15 semanas. El adolescente está procesado por feminicidioy tentativa de aborto.

También reveló que en el allanamiento de la vivienda hallaron objetos sospechosos, como una sierra con restos de pelo y una pala.

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Dónde denunciar hechos de violencia contra la mujer

Si sos víctima o tenés conocimiento de un caso de violencia contra la mujer llamá al 137 “SOS mujer”. Tiene cobertura nacional las 24 horas, todos los días, y es gratuita.


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Economía

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Ley del RUN: profesional reitera que está llena de contradicciones y pide su derogación

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Ley del RUN: profesional reitera que está llena de contradicciones y pide su derogación
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González Degli Uberti, durante una visita realizada a la redacción de ABC en el mes de marzo, como parte de un grupo de técnicos agrimensores y exparlamentarios, ya había criticado esta ley, promulgada por el Ejecutivo a inicios del año.

En esta oportunidad, a través del análisis realizado sobre varios artículos de la nueva ley: 1°, 4°, 5°, 6°, 39°, 43°, 44°, 50°, 152°, 153°, 155°, 157°, el profesional reitera su posición.

Además, insiste en que por las inconsistencias, contradicciones e invasión del ámbito del Poder Ejecutivo por el Poder Judicial corresponde la derogación de la referida ley con el fin de evitar males mayores.

Inconsistencias en la ley

Refiere que en este punto se puede observar la siguiente inconsistencia, el código de organización judicial da a la Corte Suprema de Justicia la autoridad de administrar y legislar exclusivamente en el área jurídico, a la vez llevar anotación de los técnicos que podrán ser nombrados con peritos para cada caso, para dictaminar en las diversas áreas técnicas.

Añade, que en caso de discrepancia entre dos o más propietarios de inmuebles, se nombra aún licenciado o ingeniero geodésico, con el fin de que los mismos en su función técnica dictaminen sobre el caso.

Sede del Servicio Nacional de Catastro.

Invaden atribuciones del Ejecutivo

El artículo 5°, en el inciso a, refiere que la inscripción registra no constituye el derecho que se asienta, sino que solamente lo publicita en orden a su disponibilidad a terceros, lo que, según el profesional, se contrapone al inciso a del artículo 4, que dispone “velar por la seguridad jurídica de los registros que administra y gestiona”.

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En análisis, expresa que la información estadística que pueda surgir de los registros administrados y gestionados por el RUN tienen carácter de información pública, no así la información que surja de asientos o registros puntuales.

El análisis agrega que en el inciso n del artículo 4°, se dispone que “los directores del RUN podrán verificar los asientos registrales y podrán darse cuenta de que hubo un error en el nombre del propietario y dicen poner el nombre correcto, o sea hacen de juez y parte, además como los asientos registrales son secretos, el afectado no podrá recurrir a verificar el tracto registral para demostrar su titularidad, teniendo en cuenta el artículo 6°”.

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Según González Degli Uberti, el artículo 39° se contrapone al artículo 5°, inciso a, que dice que la inscripción registral no constituye el derecho que se asienta, solo la publicita. “El artículo 39° dice que entre los elementos constitutivo del catastro y registro de inmueble, son el folio real, el tracto registral, la prioridad registral, la documentación jurídica de titularidad de derechos reales sobre inmuebles, los antecedentes registrales”, añade el material.

Dirección General de los Registros Públicos, dependiente de la Corte Suprema de Justicia.
Sede de la Dirección General de los Registros Públicos.

Fuera de las atribuciones del Poder Judicial

El artículo 43° señala que el catastro constituye un conjunto de datos obtenidos por medio de operaciones técnica y legales, que proporcionan la descripción física integral de los inmuebles.

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“La descripción física consiste en la representación del conjunto de operaciones técnico-legales, que individualizan, representan y describen las parcelas de conformidad con los títulos de propiedad”, añade.

Sostiene que esta función queda fuera de las atribuciones que le da el Código de Organización Judicial a la Corte Suprema de Justicia, e invade las atribuciones del Poder Ejecutivo, porque el Poder Judicial deberá juzgar cada caso teniendo en cuenta el dictamen técnico además de las pruebas presentadas para su evaluación.

Además, el artículo 44°, según el análisis del profesional, refuerza y reconfirma el hecho de que la presente ley invade las atribuciones del Poder Ejecutivo, ya que reafirma que el registro catastral constituye el asiento de la información sobre la situación física de la unidad de un inmueble conforme con datos ordenados y clasificados de la información inmobiliaria, procedente del relevamiento topográfico del terreno y de toda la información gráfica.


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María Auxiliadora: “la corrupción roba los sueños y esperanzas de niños y jóvenes”, reclaman

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María Auxiliadora: “la corrupción roba los sueños y esperanzas de niños y jóvenes”, reclaman
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Una multitud de fieles copó este domingo el Santuario de María Auxiliadora en Asunción. La congregación salesiana envió un fuerte mensaje contra la corrupción. Pidieron a la juventud trabajar por un Paraguay sin excluidos. El mes de María Auxiliadora concluyó con una procesión y fuegos artificiales en honor a la Virgen.

La homilía estuvo a cargo del padre Francisco Miranda, director de la Comunidad Religiosa de San Juan Bosco en Paraguay, quien llamó a los fieles a luchar contra la corrupción.

La homilía estuvo a cargo del padre Francisco Miranda director de la Comunidad Religiosa de San Juan Bosco en Paraguay, quien llamó a los fieles a “estar en guardiacontra un espiritualismoque se queda mirando al cielo, sin comprometerse con la transformación de nuestra sociedad”.

Miles de fieles de María Auxiliadora acompañaron la procesión en honor a la Virgen por las calles en torno al santuario.
Miles de fieles de María Auxiliadora acompañaron la procesión en honor a la Virgen por las calles en torno al santuario.

“Nuestra sociedad hoy tiene necesidad de ciudadanos más honestos, en lo privado, en lo público, en lo pequeño y en lo grande, en el mundo del trabajo y al interior de la familia. La bondady la justiciadan dignidady valora las personas. Ayudemos a nuestros niños y jóvenes a vivir el ideal de Don Bosco de llegar a ser honestos ciudadanos, buenos cristianos. No basta con que lleguen a ser buenos profesionales, si después son deshonestos, mentirosos y egoístas” dijo.

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Cierre de mes de la Virgen


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Lea además:  Revelación de sexo provoca evacuación en Fiscalía
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