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Aprobada ley antimafia sobre pagarés y embargos salariales

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Aprobada ley antimafia sobre pagarés y embargos salariales
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El Senado aprobó este miércoles y envió al Poder Ejecutivo una ley que regula y limita los embargos salariales para empleados públicos con deudas. Esta medida forma parte de los esfuerzos contra la mafia de los pagarés, pero excluye al Banco Nacional de Fomento (BNF).

Por ABC Color

08 de octubre de 2025 – 21:10

El pleno finalmente sancionó la versión que Diputados modificó a sugerencia de comisiones lideradas por los cartistas, en un esfuerzo por combatir la mafia de los pagarés.

Javier Zacarías Irún (ANR, HC), a cargo de la Comisión de Asuntos Constitucionales, explicó los cambios y destacó que se busca proteger la solvencia de los empleados ante descuentos abusivos por este tipo de estructuras ilícitas, que involucran desde jueces hasta casas comerciales y agencias de cobranza.

Sin embargo, el senador Rafael Filizzola (PDP), líder de la comisión que investiga la mafia de los pagarés, advirtió que el texto no contempla al BNF, aunque es señalado en este escándalo por su conexión con Walton Pagos.

La empresa, que actúa como intermediaria entre las cobradoras y el BNF, pertenece a la familia del presidente de la Cámara de Diputados, Raúl Latorre (ANR, HC).

La ley aprobada estipula que los descuentos compulsivos por créditos o embargos no deben superar el 50% de los ingresos mensuales del funcionario público, siempre que cuenten con la debida autorización del trabajador y sean gestionados por asociaciones, cooperativas, sindicatos o mutuales reconocidos.

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Los autores del proyecto argumentan que el Estado debe garantizar que los salarios cumplan con lo establecido en los artículos 92 y 102 de la Constitución Nacional, asegurando una remuneración que permita el desarrollo libre y digno de los trabajadores, en este caso, los empleados públicos.

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Caso de las facturas: Juez revoca acusación y dispone el sobreseimiento de Efraín Alegre

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Caso de las facturas: Juez revoca acusación y dispone el sobreseimiento de Efraín Alegre
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El 5 de noviembre de 2025, el juicio oral y público contra el político liberal Efraín Alegre, acusado de falsificar facturas, concluyó antes de comenzar. Un Tribunal de Sentencia aceptó un recurso de nulidad de la acusación, decretando el sobreseimiento definitivo del ex presidente del PLRA.

La absolución de Alegre en el caso de presunta falsificación de facturas para justificar gastos electorales de 2018 fue ordenada por el Tribunal presidido por Juan Carlos Zárate, junto a Darío Báez y Yolanda Portillo.

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La Fiscalía afirmaba que en la rendición de cuentas de la campaña presidencial de aquel año se incluyó una factura supuestamente falsa. No obstante, antes de iniciar el juicio, la defensa de Alegre, liderada por el abogado Guillermo Duarte Cacavelos, presentó un recurso de nulidad de la acusación.

A pesar de la oposición del Ministerio Público, el Tribunal aceptó el recurso y decidió el sobreseimiento definitivo de Alegre. La noticia se encuentra en desarrollo.

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Más de 10,000 pequeños contribuyentes adoptan la facturación electrónica, según el informe de DNIT

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Más de 10,000 pequeños contribuyentes adoptan la facturación electrónica, según el informe de DNIT
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La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) anunció que, desde que comenzó la etapa voluntaria, más de 10,000 pequeños contribuyentes han adoptado el sistema gratuito de facturación electrónica "Ekuatia’i" en todo el país.

La DNIT difundió un comunicado destacando su impulso al uso masivo del sistema de facturación electrónica "e-Kuatia’i". Esta herramienta digital permite emitir comprobantes de manera rápida y segura, cumpliendo las normativas vigentes y facilitando la gestión tributaria diaria.

Actualmente, más de 10,000 pequeños contribuyentes utilizan este sistema de facturación a nivel nacional.

Según la Resolución General N.º 21/2024, los pequeños contribuyentes —con un solo establecimiento y punto de expedición en el RUC— pueden unirse voluntariamente al sistema, independientemente del tipo de impuesto que paguen o el método que utilicen para emitir comprobantes.

A partir del 2 de enero, quienes cumplan los requisitos pueden acceder gratuitamente al sistema y comenzar a emitir facturas electrónicas. Asimismo, se les ofrece un certificado cualificado de firma electrónica sin costo, necesario para operar con "Ekuatia’i". Este sistema moderniza y simplifica la facturación, aportando transparencia y eficiencia en el cumplimiento tributario.

Por otro lado, en el contexto de la modernización de la "Ventanilla Única del Importador" (VUI 2.0) y el Sistema Integrado DIGEMABEL (SID), la DNIT comunicó la implementación de la Ley N.º 7411/2024 de Armas y la Resolución N.º 203/2025, estableciendo controles y procedimientos administrativos para diferentes tipos de materiales.

  • Anexo A: Materiales que requieren autorización previa de la DIGEMABEL antes de la importación, como armas de fuego civiles, explosivos, y materiales de uso exclusivo de las FF.AA.

  • Anexo B: Materiales que necesitan verificación en Zona Primaria, como armas de fogueo, réplicas, miras telescópicas y armas de aire comprimido.

  • Anexo C: Materiales no controlados por DIGEMABEL, incluyendo ballestas, chalecos antibalas, equipamiento táctico, y herramientas.

Este proceso se realiza bajo un convenio de cooperación entre la DNIT y DIGEMABEL, con capacitaciones para sus funcionarios y usuarios aduaneros.

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Senado aprueba la versión «Frankenstein» de la ley de datos personales y solicitan a Peña que la rechace

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Senado aprueba la versión «Frankenstein» de la ley de datos personales y solicitan a Peña que la rechace
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En medio de advertencias sobre su inconstitucionalidad, la mayoría oficialista y sus aliados, con 24 votos, decidieron ratificar y enviar al Poder Ejecutivo la versión del Senado. Varios sectores de la oposición pidieron al presidente Santiago Peña que vete esta normativa, considerándola un «retroceso histórico» en términos de transparencia y control ciudadano.

Los senadores Rafael Filizzola (PDP) y Yolanda Paredes (Cruzada Nacional) expresaron que tanto la versión del Senado como la de Diputados violan el artículo 28 de la Constitución Nacional, el cual establece que “las fuentes públicas de información son libres para todos”.

Filizzola resaltó que «el artículo 28 dice claramente que las fuentes públicas de información son libres» y afirmó que esta ley violaría la Constitución y eliminaría la ley de acceso a la información pública, instando a Peña a vetarla.

Se informó además sobre la resistencia de cartistas al proyecto de protección de datos personales. Filizzola criticó al Gobierno actual por fomentar la impunidad y los conflictos de interés. Mencionó el cierre de la Secretaría Nacional Anticorrupción y la designación de personas con intereses conflictivos en altos cargos.

La senadora Paredes opinó que si los oficialistas defendieran la transparencia, deberían haber rechazado la versión de Diputados cuando regresó al Senado. Elías Kobilansky (Cruzada Nacional) insistió en que quienes trabajan en el sector público deben ser transparentes.

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El senador Patrick Kemper (ANR-Honor Colorado) defendió la versión del Senado, argumentando que la responsabilidad recae en el Congreso, no en el presidente Peña.

Esperanza Martínez (Frente Guasu) ironizó al describir el proyecto como una mezcla de «Frankenstein y Drácula», señalando un trasfondo cleptocrático. Ignacio Iramain (Independiente) criticó ambas versiones del proyecto, sugiriendo que es mejor que el presidente lo rechace por inapropiado.

Colym Soroka (ANR, aliado cartista) admitió que el proyecto es defectuoso desde el inicio y dejó una tarea difícil al presidente. Natalicio Chase (ANR-HC) señaló la crítica de la oposición a un proyecto originalmente planteado por partidos tradicionales, sin mencionar que fue modificado por la mayoría cartista.

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Con la ratificación del Senado, el proyecto pasa al Poder Ejecutivo. La oposición pide al presidente Peña que use el veto, advirtiendo que la norma compromete la transparencia y el derecho al acceso a la información pública.

Filizzola concluyó que no apoyará esta inconstitucionalidad, mientras que el artículo polémico en la versión del Senado sugiere que el acceso a la información pública podrá denegarse si implica un detrimento mayor que el beneficio público.

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