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Inédita condena sin cuerpo: Ex pareja de Dahiana obtiene pena máxima por feminicidio

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Inédita condena sin cuerpo: Ex pareja de Dahiana obtiene pena máxima por feminicidio
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Un Tribunal de Sentencia condenó a Joel Guzmán Amarilla por el feminicidio de Dahiana Espinoza, cuyo cuerpo no se pudo encontrar a lo largo de investigación del caso, pese a las intensas tareas de la Fiscalía. El acusado recibió 30 años de prisión.

La querella de la familia de Dahiana Espinoza y la Fiscalía pidieron la pena máxima para Joel Guzmán Amarilla Jara, ex pareja y único sospechoso del feminicidio de la joven madre que habría sido asesinada en la madrugada del 18 de setiembre del 2020 en la ciudad de Itá, del Departamento Central.

De esta manera concluyó el juicio oral y público del caso, con una condena inédita al no encontrarse en el marco de la investigación el cuerpo de la víctima, pese a intensas búsquedas encabezadas por el Ministerio Público.

La fiscala Daisy Sánchez presentó sus alegatos, pidiendo una condena de 30 años de cárcel, más 10 de medida de seguridad, para el hombre, contra quien había 83 pruebas.

Entre los indicios que presentó la Fiscalía, se encuentran rastros de sangre que coinciden en un 99% con los padres de Dahiana Espinoza, fotografías de un cuerpo sin vida que habían sido tomadas por el feminicida y luego eliminadas, y el manejo de llaves de la moto que usó en el crimen.

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La querella de la familia, representada por el abogado David Pana, pidió la misma cantidad de años de cárcel que Fiscalía, mientras que la defensa de Joel argumentó que el Ministerio Público “se apuró” en iniciar una causa por feminicidio, ya que Dahiana en los papeles sigue apareciendo como viva. Además, dijo que lo que se pudo probar fue una gota de sangre y no varias muestras, como argumentó la investigadora.

El Tribunal de Sentencia de Fernando de la Mora estuvo conformado por los jueces Gloria Garay -en la presidencia-, Javier Sapena y Carolina Silveira.

Un voto en disidencia

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Los magistrados no se pronunciaron en forma unánime en el caso. Gloria Garay fue el voto en disidencia. Cuestionó fuertemente el trabajo del Ministerio Público, bajo el argumento de que no se pudo comprobar violencia familiar ni feminicidio en el caso. Consideró que el sospechoso debía ser absuelto en la causa.

Para la presidenta del Tribunal de Sentencia, la Fiscalía construyó sus elementos probatorios en base al relato de los testigos. Afirmó que no se agregó ninguna constancia médica que confirme las lesiones. Dijo que se usaron copias de documentos “simples” e “ilegibles”, por lo que el contenido no puede ser corroborar e incluso manipulado.

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Resolución en mayoría

Posteriormente, la jueza Carolina Silveira dio lectura a los argumentos del voto en mayoría, que emitieron ella y Javier Sapena. Ambos se pronunciaron por la pena privativa de 30 años de cárcel para Joel Guzmán Amarilla y dispusieron que el hombre mantengan prisión por medida de seguridad.

La magistrada señaló que una agravante del caso, que se ajusta a la pena máxima, fue haber dejado huérfano al hijo pequeño de Dahiana Espinoza.

“Lo que tenía que determinarse y se determinó, sí se puede atribuir causalmente como la desaparición de esta persona y que esto ha sido probada”, sostuvo, por su parte.

Explicó que la figura de violencia familiar se engloba en la Ley 5777 de Protección Integral a las Mujeres, contra toda Forma de Violencia, ya que la normativa establece que se puede considerar de esta manera cuando la víctima ya venía atravesando un ciclo de violencia, independientemente a que haya sido denunciada o no.

En cuanto al feminicidio, agregó que se considera cuando el autor mantiene una vida conyugal y ocurre la muerte como resultado de un ciclo de violencia.

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La presidenta del tribunal, la jueza Gloria Garay, informó que el contenido total de la sentencia será expuesto el próximo 17 de enero, a las 13:00.

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Fuente: Última Hora

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Comparación de Santi con Japón: La gente solo tiene para comer arroz, dicen y le sugieren el “harakiri” por su mansión

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Comparación de Santi con Japón: La gente solo tiene para comer arroz, dicen y le sugieren el “harakiri” por su mansión
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La comparación que hizo el presidente de la República, Santiago Peña en su visita a Japón, entre nuestro país con la “nación del sol naciente” generó burlas del diputado colorado disidente Roberto González. Dijo que el único parecido es que la gente solo ya le alcanza para comer arroz y que si esto fuera Japón, Peña ya se hubiese tenido que hacer el “harakiri” por las sospechas sobre su fortuna y su mansión en San Bernardino.

A modo de sorna afirmó: “Por eso dicen que los japoneses tiene los ojos estirados”, porque dicen: “‘Otra vez arroz” -e hizo el gesto de tomarse el rostro a modo de lamento.

Hace rato hubiese hecho el “harakiri”

El diputado Roberto González también recordó que en Japón -a diferencia de Paraguay- es una cultura muy estricta con el honor y el castigo a la corrupción, a tal punto que es tradicional el “harakiri”, ritual donde señalados por delitos como la corrupción, por honor, optan por quitarse la vida.

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“Él hace rato se hubiera hecho eso por conflicto de intereses permanentes. Desde el primer día de gobierno, las empresas que ganan las licitaciones son vinculadas a las empresa de él y de su entorno”, insistió.

También dijo que Peña no mintió del todo, ya que “si la estadística (de reducción de la pobreza) le incluye a ellos que dejaron la pobreza, efectivamente muchos de ellos han salido de la pobreza”.

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Para municipalidad de San Ber “no existe” la mansión de Santi

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Para municipalidad de San Ber “no existe” la mansión de Santi
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La imponente casa de verano del presidente Santiago Peña “no existe” en los registros de la Municipalidad de San Bernardino. Así al menos dejó constancia esa institución en la resolución que emitió el 31 de enero de 2025 mediante la cual se aprobó el proyecto de barrio cerrado y se consignó “cero” edificación. Contradictoriamente, para esa fecha la mansión del mandatario, en una de las cimas de la cordillera de los Altos y en un área protegida del lago Ypacaraí, ya estaba concluida e incluso habitada desde finales de 2024.

El punto llamativo es que la disposición consigna que en ninguno de los 31 lotes fraccionados existe edificación alguna. Lo contradictorio es que para la fecha de la mencionada resolución municipal la lujosa casa de verano del presidente Santiago Peña ya estaba completamente edificada e incluso habitada, según pudo evidenciar y publicó días antes ABC, específicamente el 27 de enero de 2025.

31 DE ENERO. Cuadro detallado sobre la habilitación del proyecto donde se consigna 0 edificación.

Más de media hectárea

El detalle sobre esa fracción es que la citada superficie corresponde solo al área propia a la cual se le deben sumar 2.152 metros cuadrados de área común. En otras palabras al mandatario le corresponden en realidad 7.164 metros cuadrados, siendo el porcentaje de copropiedad 5,08%, de acuerdo a la documentación municipal.

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Declaración jurada que presentó el mandatario ante la Contraloría el 31 de agosto de 2023.
Declaración jurada que presentó el mandatario ante la Contraloría el 31 de agosto de 2023.

Sin licencia ni planos

La resolución de la Intendencia de San Bernardino del 31 de enero de 2025 dejó constancia en su considerando que se agregó para la aprobación del proyecto inmobiliario la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), emitida el 29 de enero de 2025 mediante resolución N° 122/2025 de la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental y de los Recursos Naturales (DGCCARN) del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades).

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Es decir, todos estos trámites se hicieron luego de las publicaciones de nuestro diario.

El presidente Santiago Peña junto con Walter Ruiz Maciel.
El presidente Santiago Peña junto con Walter Ruiz Maciel.
13 DE ENERO. Imagen de la piscina de la mansión, publicada en redes sociales por la nuera de Santi, Serenella Argaña.
13 DE ENERO. Imagen de la piscina de la mansión, publicada en redes sociales por la nuera de Santi, Serenella Argaña.

El Art. 11 de esa misma normativa dice que: “La Declaración de Impacto Ambiental constituirá el documento que otorgará al solicitante la licencia para iniciar o proseguir la obra o actividad que ejecute el proyecto evaluado, bajo la obligación del cumplimiento del Plan de Gestión Ambiental y sin perjuicio de exigírsele una nueva Evaluación de Impacto Ambiental en caso de modificaciones significativas del proyecto, de ocurrencia de efectos no previstos, de ampliaciones posteriores o de potenciación de los efectos negativos por cualquier causa subsecuente”.

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Árboles caídos y corte de energía son reportes tras tormenta

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Árboles caídos y corte de energía son reportes tras tormenta
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SAN ANTONIO. El fuerte Temporal que afectó gran parte del departamento Central no causó mayores daños, pero se reportaron caídas de árboles y corte de la energía eléctrica en varias ciudades del sur de la región.

San Antonio

En la localidad de San Antonio se reportaron el desplome de árboles y el corte de energía en algunos barrios, pero fueron subsanados.

Ñemby

Otras localidades

Sin embargo, las autoridades de Villeta, Nueva Italia y Guarambaré indicaron que no recibieron denuncias de daños causados por el temporal.

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Los jefes comunales indicaron que recién mañana podrán verificar los daños.

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