Se ha promulgado una nueva ley que obliga a conservar datos de tráfico para combatir la pornografía infantil y delitos relacionados.
El presidente Santiago Peña firmó la Ley N° 7549, que establece la obligatoriedad de conservar datos de tráfico para combatir la pornografía infantil y delitos conexos. El Congreso sancionó esta iniciativa el 2 de septiembre. Las empresas de Internet deben mantener estos datos por al menos 12 meses para futuras investigaciones.
El diputado Rodrigo Blanco (PLRA, A) fue el promotor de esta ley, destacando que sin estos datos, el 90% de 1.000 denuncias sobre pornografía infantil desde Paraguay son archivadas. Este proyecto fue desarrollado en consenso con instituciones públicas y privadas, entendiendo sus obligaciones y metas.
El artículo 8 resalta que solo el Ministerio Público puede solicitar acceso a los datos con una orden judicial, respetando la necesidad, proporcionalidad y privacidad.
Las empresas de Internet deben conservar los datos de tráfico por al menos 12 meses, como indica el artículo 4, entregando la información en formato electrónico cuando sea requerido por la autoridad competente.