El juez electoral de Paraguarí exige a municipios reglamentación para propaganda electoral
El juez electoral de Paraguarí, Hugo A. Oxilia Vera, ha solicitado a las municipalidades de los 18 distritos del departamento que presenten la reglamentación que defina los espacios autorizados para la propaganda electoral en la vía pública. Los municipios tienen un plazo de 30 días para cumplir con esta exigencia, en el contexto de la iniciativa «Control de Propaganda Electoral».
Durante su declaración, el juez subrayó que, en el caso de que alguna municipalidad no cuente con una normativa específica, deberá elaborarla y enviarla dentro del plazo establecido. Esta medida se implementa con el objetivo de asegurarse de que todos los distritos cuenten con una ordenanza que regule la propaganda electoral, preparando el terreno para futuros procesos electorales.

Desde el juzgado se avisó que, ante un posible incumplimiento, se reafirmará la solicitud a las autoridades municipales. De acuerdo con el artículo 294 del Código Electoral, es responsabilidad de las municipalidades determinar los lugares autorizados para la propaganda electoral en vías públicas, según lo indicado por el juez Oxilia Vera.

Además, el artículo 295 del mismo código estipula que la propaganda callejera debe llevarse a cabo en las áreas designadas por las municipalidades, contando con el consentimiento de los propietarios de los inmuebles afectados. Esta regulación se presenta como una medida para asegurar una competencia electoral justa y mantener el orden y la limpieza en las ciudades, evitando la contaminación visual del entorno.


