El juez Gustavo Amarilla otorgó este martes la libertad ambulatoria al senador colorado Erico Galeano, imputado por supuesto lavado de dinero y asociación criminal en el marco del Operativo A Ultranza.
Gustavo Amarilla, el juez penal de Garantías especializado en Crimen Organizado, otorgó este martes la libertad ambulatoria al senador cartista Erico Galeano, imputado por lavado de dinero y asociación criminal en el marco del megaoperativo A Ultranza.
Amarilla consideró oportuna la medida ya que la Fiscalía no presentó ningún elemento nuevo para argumentar peligro de fuga y obstrucción en la investigación por parte del senador.
Galeano cumplía con arresto domiciliario desde el pasado 26 de septiembre.
“La postura del Juzgado está sumida. La decisión es levantar la medida cautelar del arresto domiciliario, manteniéndose todas las medidas cautelares reales impuestas en la audiencia donde se le otorgó el arresto domiciliario”, explicó el juez.
Añadió que ahora se le agrega otras medidas cautelares reales con el embargo ejecutivo sobre inmueble presentado en audiencia.
También, se decretó la prohibición de salida del país con comunicación a Migraciones y la Policía Nacional.
En mayo de este año, el político colorado pidió ser desaforado en la Cámara de Diputados. Mientras que el pasado 20 de julio también perdió sus fueros en el Senado para que pueda someterse a la Justicia.
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En las investigaciones realizadas, se descubrió que un inmueble suyo fue presuntamente utilizado para simular una compraventa, cuyo dinero provino del crimen organizado.
Horas antes de que el juez haya tomado la medida, el abogado del legislador, Álvaro Cáceres, argumentó el pedido de libertad ambulatoria e informó sobre una caución real de G. 9.000 millones de garantía, además de pruebas de arraigo por su domicilio y porque tiene hijos en el país.
“Nuestra postura es que primamente la función de un legislador no se ciñe exclusivamente a lo que se hace una sesión ordinaria, extraordinaria, sino que además de eso, los diputados y senadores tienen la obligación de recorrer su Departamento, recorrer el país y ver cuáles son las necesidades que aquejan al pueblo y sobre esas necesidades plantear proyectos de ley”, manifestó en Telefuturo.
La defensa dijo que como consecuencia del arresto domiciliario que Galeano tenía hasta ahora, hay proyectos de ley relacionados a la salud que quedaron estancados en el Congreso.
Asimismo mencionó que la situación procesal sufrió modificaciones sustanciales respecto a hace tres meses, cuando se le impuso el arresto. Entre los elementos citó declaraciones testificales de pilotos que muestran que la aeronave ya no le pertenecía. Según Cáceres, incluso 13 meses antes de la imputación, ya había sido transferida a una persona jurídica.
La fiscala Gladys Torales negó que haya habido tardanza en la investigación sobre la desaparición de la adolescente de Coronel Oviedo, cuyo cuerpo fue hallado días después por su padre. También descartó algún parentesco con la familia del sospechoso.
La fiscala Gladys Toralesnegó que haya habido tardanza en la investigación con relación a la denuncia de desaparición de la adolescente.
Actuaron de acuerdo a datos que obtenían
Resaltó que actuaron a medida que iban obteniendo información de inteligencia y por parte de los testigos.
El médico forense del Ministerio Público, doctor Pablo Lemir, reveló hoy que la adolescente -conforme a análisis preliminar- murió ese martes 27 de mayo, día en que fue supuestamente secuestrada y obligada a abortar en la vivienda del principal sospechoso.
Niega cercanía a sospechoso
“He visto críticas afirmando que soy madrina del imputado y no hay nada más falso; no los conozco, ni a su mamá, papá, ni familia ni a su entorno. Es totalmente falso y estoy con la conciencia tranquila, con la idea y la esperanza de poder seguir trabajando en este caso para lograr finalmente, luego de la investigación, hacer juicio oral y una sanción”, dijo.
Torales, así también, le pidió a la ciudadanía el acompañamiento a las autoridades para poder lograr concluir la investigación.
En cuanto a la investigación, la fiscala mencionó que podría ampliarse la imputación luego de que el resultado preliminar de la autopsia indica que la víctima habría fallecido luego de ser incinerada presuntamente aún con vida y que en su interior había un feto de 15 semanas. El adolescente está procesado por feminicidioy tentativa de aborto.
También reveló que en el allanamiento de la vivienda hallaron objetos sospechosos, como una sierra con restos de pelo y una pala.
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Dónde denunciar hechos de violencia contra la mujer
Si sos víctima o tenés conocimiento de un caso de violencia contra la mujer llamá al 137 “SOS mujer”. Tiene cobertura nacional las 24 horas, todos los días, y es gratuita.
González Degli Uberti, durante una visita realizada a la redacción de ABC en el mes de marzo, como parte de un grupo de técnicos agrimensores y exparlamentarios, ya había criticado esta ley, promulgada por el Ejecutivo a inicios del año.
En esta oportunidad, a través del análisis realizado sobre varios artículos de la nueva ley: 1°, 4°, 5°, 6°, 39°, 43°, 44°, 50°, 152°, 153°, 155°, 157°, el profesional reitera su posición.
Además, insiste en que por las inconsistencias, contradicciones e invasión del ámbito del Poder Ejecutivo por el Poder Judicial corresponde la derogación de la referida ley con el fin de evitar males mayores.
Inconsistencias en la ley
Refiere que en este punto se puede observar la siguiente inconsistencia, el código de organización judicial da a la Corte Suprema de Justicia la autoridad de administrar y legislar exclusivamente en el área jurídico, a la vez llevar anotación de los técnicos que podrán ser nombrados con peritos para cada caso, para dictaminar en las diversas áreas técnicas.
Añade, que en caso de discrepancia entre dos o más propietarios de inmuebles, se nombra aún licenciado o ingeniero geodésico, con el fin de que los mismos en su función técnica dictaminen sobre el caso.
Sede del Servicio Nacional de Catastro.
Invaden atribuciones del Ejecutivo
El artículo 5°, en el inciso a, refiere que la inscripción registra no constituye el derecho que se asienta, sino que solamente lo publicita en orden a su disponibilidad a terceros, lo que, según el profesional, se contrapone al inciso a del artículo 4, que dispone “velar por la seguridad jurídica de los registros que administra y gestiona”.
En análisis, expresa que la información estadística que pueda surgir de los registros administrados y gestionados por el RUN tienen carácter de información pública, no así la información que surja de asientos o registros puntuales.
El análisis agrega que en el inciso n del artículo 4°, se dispone que “los directores del RUN podrán verificar los asientos registrales y podrán darse cuenta de que hubo un error en el nombre del propietario y dicen poner el nombre correcto, o sea hacen de juez y parte, además como los asientos registrales son secretos, el afectado no podrá recurrir a verificar el tracto registral para demostrar su titularidad, teniendo en cuenta el artículo 6°”.
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Según González Degli Uberti, el artículo 39° se contrapone al artículo 5°, inciso a, que dice que la inscripción registral no constituye el derecho que se asienta, solo la publicita. “El artículo 39° dice que entre los elementos constitutivo del catastro y registro de inmueble, son el folio real, el tracto registral, la prioridad registral, la documentación jurídica de titularidad de derechos reales sobre inmuebles, los antecedentes registrales”, añade el material.
Sede de la Dirección General de los Registros Públicos.
Fuera de las atribuciones del Poder Judicial
El artículo 43° señala que el catastro constituye un conjunto de datos obtenidos por medio de operaciones técnica y legales, que proporcionan la descripción física integral de los inmuebles.
“La descripción física consiste en la representación del conjunto de operaciones técnico-legales, que individualizan, representan y describen las parcelas de conformidad con los títulos de propiedad”, añade.
Sostiene que esta función queda fuera de las atribuciones que le da el Código de Organización Judicial a la Corte Suprema de Justicia, e invade las atribuciones del Poder Ejecutivo, porque el Poder Judicial deberá juzgar cada caso teniendo en cuenta el dictamen técnico además de las pruebas presentadas para su evaluación.
Además, el artículo 44°, según el análisis del profesional, refuerza y reconfirma el hecho de que la presente ley invade las atribuciones del Poder Ejecutivo, ya que reafirma que el registro catastral constituye el asiento de la información sobre la situación física de la unidad de un inmueble conforme con datos ordenados y clasificados de la información inmobiliaria, procedente del relevamiento topográfico del terreno y de toda la información gráfica.
Una multitud de fieles copó este domingo el Santuario de María Auxiliadora en Asunción. La congregación salesiana envió un fuerte mensaje contra la corrupción. Pidieron a la juventud trabajar por un Paraguay sin excluidos. El mes de María Auxiliadora concluyó con una procesión y fuegos artificiales en honor a la Virgen.
La homilía estuvo a cargo del padre Francisco Miranda, director de la Comunidad Religiosa de San Juan Bosco en Paraguay, quien llamó a los fieles a luchar contra la corrupción.
La homilía estuvo a cargo del padre Francisco Miranda director de la Comunidad Religiosa de San Juan Bosco en Paraguay, quien llamó a los fieles a “estar en guardiacontra un espiritualismoque se queda mirando al cielo, sin comprometerse con la transformación de nuestra sociedad”.
Miles de fieles de María Auxiliadora acompañaron la procesión en honor a la Virgen por las calles en torno al santuario.
“Nuestra sociedad hoy tiene necesidad de ciudadanos más honestos, en lo privado, en lo público, en lo pequeño y en lo grande, en el mundo del trabajo y al interior de la familia. La bondady la justiciadan dignidady valora las personas. Ayudemos a nuestros niños y jóvenes a vivir el ideal de Don Bosco de llegar a ser honestos ciudadanos, buenos cristianos. No basta con que lleguen a ser buenos profesionales, si después son deshonestos, mentirosos y egoístas” dijo.