Hace 20 años, la familia Cubas Gusinky no pudo festejar la primavera. Cecilia, una de las hijas del expresidente Raúl Cubas, fue secuestrada a metros de su casa en San Lorenzo. Su cuerpo sin vida fue hallado cinco meses después en una fosa ubicada en una vivienda de Ñemby, convirtiéndola en la primera víctima mortal del ahora denominado EPP.
Eran las 18:45 del martes 21 de septiembre del 2004. Cecilia Cubas, de 31 años, llegaba en su vehículo a su casa, ubicada en el barrio Laguna Grande de San Lorenzo, cuando fue interceptada con armas de fuego por sus captores.
La hija del expresidente de la República Raúl Cubas Grau y de la ex senadora colorada Mirta Gusinky fue secuestrada por el brazo armado del entonces denominado Partido Patria Libre, que hoy es conocido como EPP.
Cecilia Cubas estuvo en cautiverio hasta el 16 de febrero del 2005, fecha en la que se produjo el macabro hallazgo de su cuerpo, que estaba enterrado en una vivienda ubicada en el barrio Mbocayaty de la ciudad de Ñemby.
La encontraron muerta en una fosa, pese a que su familia había abonado US$ 300.000 en concepto de rescate.
El médico forense Pablo Lemir examinó el cuerpo en una autopsia y reveló que la causa de muerte fue asfixia. Además, dio a conocer un detalle macabro: la habían enterrado con vida en la fosa donde se la encontró, conforme a las evidencias.
Incluso, el profesional forense precisó que Cecilia ya tenía 45 días de fallecida al momento del hallazgo de sus restos.
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La primera víctima mortal del EPP
Si bien el grupo criminal EPP no era aún conocido como tal, para aquel septiembre del 2004 ya había dado apertura a “la industria del secuestro” en Paraguay.
Los criminales de Patria Libre habían secuestrado, en noviembre del 2001, a María Edith Bordón de Bernardi, quien fue liberada con vida tras más de 60 días en cautiverio, luego de que su familia pagara US$ 1.000.000 como rescate.
María Edith fue la primera secuestrada por el EPP; sin embargo, Cecilia Cubas se convirtió en febrero del 2005 en la primera víctima mortal del grupo criminal, cuyo prontuario actual suma una gran cantidad de asesinatos.
El EPP actualmente tiene secuestrados al suboficial de Policía Edelio Morínigo, al ganadero Félix Urbieta y al exvicepresidente Óscar Denis. Pese a que ya han pasado años de la última vez que se supo de cada uno, hoy día se desconoce siquiera si siguen con vida o, en todo caso, dónde están sus restos.
Por el secuestro de Cecilia Cubas fueron condenadas casi 20 personas, a penas de entre 5 y 35 años de cárcel.
En junio del 2021 se dio la última condena: Óscar Luis Benítez, acusado de ser el líder del grupo de secuestradores, fue sentenciado a 24 años de prisión y 10 años bajo medidas de seguridad.
La fiscala Gladys Torales negó que haya habido tardanza en la investigación sobre la desaparición de la adolescente de Coronel Oviedo, cuyo cuerpo fue hallado días después por su padre. También descartó algún parentesco con la familia del sospechoso.
La fiscala Gladys Toralesnegó que haya habido tardanza en la investigación con relación a la denuncia de desaparición de la adolescente.
Actuaron de acuerdo a datos que obtenían
Resaltó que actuaron a medida que iban obteniendo información de inteligencia y por parte de los testigos.
El médico forense del Ministerio Público, doctor Pablo Lemir, reveló hoy que la adolescente -conforme a análisis preliminar- murió ese martes 27 de mayo, día en que fue supuestamente secuestrada y obligada a abortar en la vivienda del principal sospechoso.
Niega cercanía a sospechoso
“He visto críticas afirmando que soy madrina del imputado y no hay nada más falso; no los conozco, ni a su mamá, papá, ni familia ni a su entorno. Es totalmente falso y estoy con la conciencia tranquila, con la idea y la esperanza de poder seguir trabajando en este caso para lograr finalmente, luego de la investigación, hacer juicio oral y una sanción”, dijo.
Torales, así también, le pidió a la ciudadanía el acompañamiento a las autoridades para poder lograr concluir la investigación.
En cuanto a la investigación, la fiscala mencionó que podría ampliarse la imputación luego de que el resultado preliminar de la autopsia indica que la víctima habría fallecido luego de ser incinerada presuntamente aún con vida y que en su interior había un feto de 15 semanas. El adolescente está procesado por feminicidioy tentativa de aborto.
También reveló que en el allanamiento de la vivienda hallaron objetos sospechosos, como una sierra con restos de pelo y una pala.
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Dónde denunciar hechos de violencia contra la mujer
Si sos víctima o tenés conocimiento de un caso de violencia contra la mujer llamá al 137 “SOS mujer”. Tiene cobertura nacional las 24 horas, todos los días, y es gratuita.
González Degli Uberti, durante una visita realizada a la redacción de ABC en el mes de marzo, como parte de un grupo de técnicos agrimensores y exparlamentarios, ya había criticado esta ley, promulgada por el Ejecutivo a inicios del año.
En esta oportunidad, a través del análisis realizado sobre varios artículos de la nueva ley: 1°, 4°, 5°, 6°, 39°, 43°, 44°, 50°, 152°, 153°, 155°, 157°, el profesional reitera su posición.
Además, insiste en que por las inconsistencias, contradicciones e invasión del ámbito del Poder Ejecutivo por el Poder Judicial corresponde la derogación de la referida ley con el fin de evitar males mayores.
Inconsistencias en la ley
Refiere que en este punto se puede observar la siguiente inconsistencia, el código de organización judicial da a la Corte Suprema de Justicia la autoridad de administrar y legislar exclusivamente en el área jurídico, a la vez llevar anotación de los técnicos que podrán ser nombrados con peritos para cada caso, para dictaminar en las diversas áreas técnicas.
Añade, que en caso de discrepancia entre dos o más propietarios de inmuebles, se nombra aún licenciado o ingeniero geodésico, con el fin de que los mismos en su función técnica dictaminen sobre el caso.
Sede del Servicio Nacional de Catastro.
Invaden atribuciones del Ejecutivo
El artículo 5°, en el inciso a, refiere que la inscripción registra no constituye el derecho que se asienta, sino que solamente lo publicita en orden a su disponibilidad a terceros, lo que, según el profesional, se contrapone al inciso a del artículo 4, que dispone “velar por la seguridad jurídica de los registros que administra y gestiona”.
En análisis, expresa que la información estadística que pueda surgir de los registros administrados y gestionados por el RUN tienen carácter de información pública, no así la información que surja de asientos o registros puntuales.
El análisis agrega que en el inciso n del artículo 4°, se dispone que “los directores del RUN podrán verificar los asientos registrales y podrán darse cuenta de que hubo un error en el nombre del propietario y dicen poner el nombre correcto, o sea hacen de juez y parte, además como los asientos registrales son secretos, el afectado no podrá recurrir a verificar el tracto registral para demostrar su titularidad, teniendo en cuenta el artículo 6°”.
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Según González Degli Uberti, el artículo 39° se contrapone al artículo 5°, inciso a, que dice que la inscripción registral no constituye el derecho que se asienta, solo la publicita. “El artículo 39° dice que entre los elementos constitutivo del catastro y registro de inmueble, son el folio real, el tracto registral, la prioridad registral, la documentación jurídica de titularidad de derechos reales sobre inmuebles, los antecedentes registrales”, añade el material.
Sede de la Dirección General de los Registros Públicos.
Fuera de las atribuciones del Poder Judicial
El artículo 43° señala que el catastro constituye un conjunto de datos obtenidos por medio de operaciones técnica y legales, que proporcionan la descripción física integral de los inmuebles.
“La descripción física consiste en la representación del conjunto de operaciones técnico-legales, que individualizan, representan y describen las parcelas de conformidad con los títulos de propiedad”, añade.
Sostiene que esta función queda fuera de las atribuciones que le da el Código de Organización Judicial a la Corte Suprema de Justicia, e invade las atribuciones del Poder Ejecutivo, porque el Poder Judicial deberá juzgar cada caso teniendo en cuenta el dictamen técnico además de las pruebas presentadas para su evaluación.
Además, el artículo 44°, según el análisis del profesional, refuerza y reconfirma el hecho de que la presente ley invade las atribuciones del Poder Ejecutivo, ya que reafirma que el registro catastral constituye el asiento de la información sobre la situación física de la unidad de un inmueble conforme con datos ordenados y clasificados de la información inmobiliaria, procedente del relevamiento topográfico del terreno y de toda la información gráfica.
Una multitud de fieles copó este domingo el Santuario de María Auxiliadora en Asunción. La congregación salesiana envió un fuerte mensaje contra la corrupción. Pidieron a la juventud trabajar por un Paraguay sin excluidos. El mes de María Auxiliadora concluyó con una procesión y fuegos artificiales en honor a la Virgen.
La homilía estuvo a cargo del padre Francisco Miranda, director de la Comunidad Religiosa de San Juan Bosco en Paraguay, quien llamó a los fieles a luchar contra la corrupción.
La homilía estuvo a cargo del padre Francisco Miranda director de la Comunidad Religiosa de San Juan Bosco en Paraguay, quien llamó a los fieles a “estar en guardiacontra un espiritualismoque se queda mirando al cielo, sin comprometerse con la transformación de nuestra sociedad”.
Miles de fieles de María Auxiliadora acompañaron la procesión en honor a la Virgen por las calles en torno al santuario.
“Nuestra sociedad hoy tiene necesidad de ciudadanos más honestos, en lo privado, en lo público, en lo pequeño y en lo grande, en el mundo del trabajo y al interior de la familia. La bondady la justiciadan dignidady valora las personas. Ayudemos a nuestros niños y jóvenes a vivir el ideal de Don Bosco de llegar a ser honestos ciudadanos, buenos cristianos. No basta con que lleguen a ser buenos profesionales, si después son deshonestos, mentirosos y egoístas” dijo.