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Desde hoy, padres morosos no pueden realizar escrituras públicas

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Desde hoy, padres morosos no pueden realizar escrituras públicas
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A partir de hoy, la Dirección General de Registros Públicos, dependiente de la Corte Suprema de Justicia, requerirá a los escribanos públicos contar con el Certificado de Antecedentes de Deudores Alimentarios Morosos (Certificado Redam) como requisito para la gestión registral de escrituras públicas de compraventa de bienes registrables.⁣

La Dirección de los Registros Públicos exige el certificado de Redam a partir de hoy 22 de abril.  De esta manera, los registradores de todas las oficinas de Registro de la Propiedad Inmueble, Registro del Automotor y Registro de Bienes No Inmobiliarios dependientes de la Dirección General de Registros Públicos observarán y no darán curso a las escrituras públicas de compraventa cuyos otorgantes no cuenten con el Certificado Redam vigente al momento de la formalización del acto.

Los notarios tendrán la obligación de contar a la vista con el Certificado Redam de las partes contratantes, vigente y sin que estos figuren en dicho registro, debiendo mencionar expresamente en el cuerpo de la escritura los datos completos de expedición de los certificados, al igual que otros certificados preescriturarios.

Sin el Certificado Redam vigente, los Registros Públicos no podrá avanzar en los trámites notariales propios de inscripción de las escrituras de compraventa de bienes registrables.

Esta disposición representa un avance de la operatividad de la Ley N° 6506/20 que modifica la Ley N° 5415/2015 que creó el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam) como mecanismo de control del incumplimiento de las obligaciones alimentarias en el Paraguay.

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La Dirección General de los Registros Públicos insta a los profesionales a dar estricto cumplimiento a las nuevas disposiciones legales y reglamentarias en vigor, a fin de garantizar la seguridad jurídica en los actos de transferencia de bienes registrables en la República.

Esta medida se enmarca en el cumplimiento de la Acordada N° 1743 de la Corte Suprema de Justicia y la Disposición Técnica Registral N° 02/2024 emitida por la Dirección de Registros Públicos, mediante las cuales se reglamenta la aplicación del artículo 9°, inciso b) de la Ley N° 6506/2020 que establece la obligatoriedad de contar con dicho certificado para los trámites notariales de transferencia de mercancías registrables.

Cabe recordar, que tampoco los padres morosos podrán acceder a la renovación o registro de conducir otorgados por las municipalidades.

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Fuente: Diario Hoy

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Comparación de Santi con Japón: La gente solo tiene para comer arroz, dicen y le sugieren el “harakiri” por su mansión

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Comparación de Santi con Japón: La gente solo tiene para comer arroz, dicen y le sugieren el “harakiri” por su mansión
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La comparación que hizo el presidente de la República, Santiago Peña en su visita a Japón, entre nuestro país con la “nación del sol naciente” generó burlas del diputado colorado disidente Roberto González. Dijo que el único parecido es que la gente solo ya le alcanza para comer arroz y que si esto fuera Japón, Peña ya se hubiese tenido que hacer el “harakiri” por las sospechas sobre su fortuna y su mansión en San Bernardino.

A modo de sorna afirmó: “Por eso dicen que los japoneses tiene los ojos estirados”, porque dicen: “‘Otra vez arroz” -e hizo el gesto de tomarse el rostro a modo de lamento.

Hace rato hubiese hecho el “harakiri”

El diputado Roberto González también recordó que en Japón -a diferencia de Paraguay- es una cultura muy estricta con el honor y el castigo a la corrupción, a tal punto que es tradicional el “harakiri”, ritual donde señalados por delitos como la corrupción, por honor, optan por quitarse la vida.

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“Él hace rato se hubiera hecho eso por conflicto de intereses permanentes. Desde el primer día de gobierno, las empresas que ganan las licitaciones son vinculadas a las empresa de él y de su entorno”, insistió.

También dijo que Peña no mintió del todo, ya que “si la estadística (de reducción de la pobreza) le incluye a ellos que dejaron la pobreza, efectivamente muchos de ellos han salido de la pobreza”.

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Para municipalidad de San Ber “no existe” la mansión de Santi

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Para municipalidad de San Ber “no existe” la mansión de Santi
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La imponente casa de verano del presidente Santiago Peña “no existe” en los registros de la Municipalidad de San Bernardino. Así al menos dejó constancia esa institución en la resolución que emitió el 31 de enero de 2025 mediante la cual se aprobó el proyecto de barrio cerrado y se consignó “cero” edificación. Contradictoriamente, para esa fecha la mansión del mandatario, en una de las cimas de la cordillera de los Altos y en un área protegida del lago Ypacaraí, ya estaba concluida e incluso habitada desde finales de 2024.

El punto llamativo es que la disposición consigna que en ninguno de los 31 lotes fraccionados existe edificación alguna. Lo contradictorio es que para la fecha de la mencionada resolución municipal la lujosa casa de verano del presidente Santiago Peña ya estaba completamente edificada e incluso habitada, según pudo evidenciar y publicó días antes ABC, específicamente el 27 de enero de 2025.

31 DE ENERO. Cuadro detallado sobre la habilitación del proyecto donde se consigna 0 edificación.

Más de media hectárea

El detalle sobre esa fracción es que la citada superficie corresponde solo al área propia a la cual se le deben sumar 2.152 metros cuadrados de área común. En otras palabras al mandatario le corresponden en realidad 7.164 metros cuadrados, siendo el porcentaje de copropiedad 5,08%, de acuerdo a la documentación municipal.

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Declaración jurada que presentó el mandatario ante la Contraloría el 31 de agosto de 2023.
Declaración jurada que presentó el mandatario ante la Contraloría el 31 de agosto de 2023.

Sin licencia ni planos

La resolución de la Intendencia de San Bernardino del 31 de enero de 2025 dejó constancia en su considerando que se agregó para la aprobación del proyecto inmobiliario la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), emitida el 29 de enero de 2025 mediante resolución N° 122/2025 de la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental y de los Recursos Naturales (DGCCARN) del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades).

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Es decir, todos estos trámites se hicieron luego de las publicaciones de nuestro diario.

El presidente Santiago Peña junto con Walter Ruiz Maciel.
El presidente Santiago Peña junto con Walter Ruiz Maciel.
13 DE ENERO. Imagen de la piscina de la mansión, publicada en redes sociales por la nuera de Santi, Serenella Argaña.
13 DE ENERO. Imagen de la piscina de la mansión, publicada en redes sociales por la nuera de Santi, Serenella Argaña.

El Art. 11 de esa misma normativa dice que: “La Declaración de Impacto Ambiental constituirá el documento que otorgará al solicitante la licencia para iniciar o proseguir la obra o actividad que ejecute el proyecto evaluado, bajo la obligación del cumplimiento del Plan de Gestión Ambiental y sin perjuicio de exigírsele una nueva Evaluación de Impacto Ambiental en caso de modificaciones significativas del proyecto, de ocurrencia de efectos no previstos, de ampliaciones posteriores o de potenciación de los efectos negativos por cualquier causa subsecuente”.

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Árboles caídos y corte de energía son reportes tras tormenta

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Árboles caídos y corte de energía son reportes tras tormenta
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SAN ANTONIO. El fuerte Temporal que afectó gran parte del departamento Central no causó mayores daños, pero se reportaron caídas de árboles y corte de la energía eléctrica en varias ciudades del sur de la región.

San Antonio

En la localidad de San Antonio se reportaron el desplome de árboles y el corte de energía en algunos barrios, pero fueron subsanados.

Ñemby

Otras localidades

Sin embargo, las autoridades de Villeta, Nueva Italia y Guarambaré indicaron que no recibieron denuncias de daños causados por el temporal.

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Los jefes comunales indicaron que recién mañana podrán verificar los daños.

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